Tu Hogar con Subsidio
Preguntas frecuentes

Las dudas que aparecen antes de postular

Respuestas basadas en la normativa MINVU vigente y en criterios bancarios habituales. Si algo cambia, actualizamos esta página.

Postulación

Sí. Arrendar no te inhabilita. Lo que se evalúa es que ni tú ni tu cónyuge o conviviente civil sean propietarios de una vivienda, y que cumplas con el ahorro mínimo y el tramo del Registro Social de Hogares que exige el programa.

Requisitos

El subsidio del Estado no se pierde por estar en DICOM: MINVU no revisa tu historial comercial. Pero si necesitas crédito hipotecario complementario, el banco sí lo evalúa. Con DS49 puedes comprar sin crédito; en DS1 y DS19 conviene regularizar antes de postular.

Programas

No se suman dos subsidios habitacionales para la misma compra. Sí puedes complementar tu subsidio con beneficios adicionales, como la garantía estatal FOGAES o la rebaja de tasa de la Ley 21.748 en vivienda nueva.

Ley 21.748

Es un apoyo estatal que rebaja hasta 0,6 puntos porcentuales la tasa del crédito hipotecario en viviendas nuevas de hasta 4.000 UF. En un caso tipo de 1.800 UF, la rebaja significa varias decenas de miles de pesos menos de dividendo cada mes.

Compra

No. Somos un portal informativo y de orientación: te ayudamos a entender tu subsidio, ver qué proyectos están a tu alcance y estimar tu dividendo. La venta y el crédito los realizan la inmobiliaria y el banco.

¿Tu duda es cuánto pagarías al mes?